Se subvencionan las instalaciones de energías renovables que supongan una reducción del consumo energético a partir de fuentes convencionales, y sirvan para el abastecimiento de la infraestructura comunitaria de riego.
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a las Comunidades de Regantes de Extremadura de zonas regables con sectores presurizados (que dependen del suministro eléctrico), cuyo destino sea la realización de obras e instalaciones, auditorías energéticas así como, inversiones para la generación de energía renovable, siempre que ello suponga el ahorro y eficiencia energética, y el mejor aprovechamiento de la energía en las instalaciones comunitarias de riego, conforme al Reglamento (UE) n.º. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014 – 2020 financiado por el FEADER.
Por otra parte, el regadío ha experimentado en las últimas décadas una notable transformación como consecuencia de la aplicación de tecnologías de distribución de agua a presión, mejorando la gestión de unos recursos hídricos cada vez más limitados. En las zonas regables presurizadas que llevan implícito el suministro eléctrico, se están presentando en estos últimos años, coincidiendo con la liberación del sector eléctrico y la desaparición de las tarifas de riego, un grave problema como es el aumento del coste de la energía eléctrica, que supone para el agricultor alrededor del 40 % de los costes totales del cultivo. En este coste tiene una fuerte incidencia el término de potencia contratada (incremento del 200 %), lo que hace muy importante la adecuada contratación del suministro eléctrico. Esta situación está comprometiendo la viabilidad de algunos procesos de modernización consistentes en pasar de riego tradicional a riego a presión, por el aumento de costes que supone para los regantes. En los últimos años el consumo de agua se ha reducido un 20 %, mientras que el consumo de energía se ha incrementado en un 650 %. Asimismo, la evolución de las tarifas eléctrica debe obligarnos a analizar el estado y el funcionamiento mecánico e hidráulico de la red de distribución de agua y determinar el potencial de mejora que se traducirá de forma directa en un importante ahorro de energía.
La eficiencia energética general depende fundamentalmente de la eficiencia en los grupos de bombeo y de la eficiencia de suministro energético, es decir, del mayor o menor aprovechamiento de la energía suministrada por los grupo de bombeo de la red de riego.
Por tanto, con estas bases reguladoras se pretende establecer un régimen de concesión de ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las Comunidades de Regantes de Extremadura que contribuyan al ahorro y el mejor aprovechamiento de la energía en las instalaciones colectivas de riego contribuyendo al cumplimiento de los objetivos internacionales contra el cambio climático debido a la reducción en la emisión de CO2 a la atmósfera.
La presente disposición que regule este tipo de inversiones y se adapte al nuevo Programa de Desarrollo Rural de Extremadura que, financiado a través del FEADER, se extenderá al periodo 2014-2020.
Descargar aquí el Decreto 179/2018, de 30 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las Comunidades de Regantes de Extremadura.